Se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad

Esta Orden viene a establecer la suspensión de toda clase de obra en aquellos supuestos en los que en el inmueble donde se deban ejecutar obras se hallen personas no relacionadas con la actividad de ejecución de la obra, pero si permite realizar obras y trabajos puntuales de reparación urgente de instalaciones y averías.

BOE-4424-SND-340-OBRAS-EDIF-COMPART-12-ABR

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